Planilla Salarial Julio 2025

 


Las partes representativas del sector trabajador y del sector empleador pactan:

• Un incremento salarial de 1,5% (uno con cinco por ciento) a calcular sobre el salario básico correspondiente al mes de junio de 2025 para la cuarta categoría establecida en el art 6 del CCT 589/10, aplicándose a las adicionales de convenios y en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo.

• Una suma fija remuneratoria de pesos cincuenta mil ($50.000) para todas las categorías de trabajo, a abonar conjuntamente con la remuneración del mes de julio de 2025.

Las partes manifiestan que atento la homologación recaída en el expediente EX 2024 -142739268-APN-DGDYDHJGM de las cláusulas de convenio colectivo de trabajo que las partes signatarias suscriben, el incremento salarial que se dispone deberá ser liquidado con las remuneraciones correspondientes a los meses en los cuales se establecen y de conformidad a las escalas salariales públicas en la página web de la entidad sindical.